sábado, 25 de agosto de 2007

Rueda de prensa 23-8-2007

El último eslabón de las múltiples irregularidades del equipo de gobierno del PP: el Informe del Procurador del Común sobre la Estación de Autobuses.

El 14 de noviembre de 2006 se presenta un escrito de Izquierda Unida de Toro en la Delegación Territorial sobre la situación de la Estación de autobuses (cierre de aseos, consigna y sala de espera en las horas en las que se cerraba definitivamente la taquilla, espera en los andenes en pleno invierno, realización de conciertos ocupando el escenario, la mesa de sonido y un bar la zona de andenes y cerrando la estación para los viajeros). Ni la Delegación de la Junta, ni la Inspección responden a dicho escrito.
Ante ello, Izquierda Unida de Toro presenta una queja el 8 de febrero de 2007 ante el Procurador del Común indicando todas estas circunstancias e incluso poniendo como ejemplo concreto el domingo 4 de febrero, en que estuvo cerrada todo el día la taquilla y no hubo ningún servicio de los indicados.
El 15 de marzo de 2007 el Procurador del Común admite a trámite la Queja presentada con el número de referencia Q/06-219/07 y el 16 de marzo dirige sendas comunicaciones a la Consejería de Fomento de la Junta de Castilla y León y al Ayuntamiento de Toro solicitando informes. Ni una institución, ni otra enviaron dichos informes en el plazo fijado. De este modo, el 17 de mayo de 2007 el Procurador del Común remite un nuevo escrito solicitando otra vez los informes para que sea remitidos en quince días.
Por su parte, el 18 de marzo Izquierda Unida de Toro dirige un escrito al Procurador del Común indicándole que los servicios al menos están abiertos en las horas en las que la sala de espera está cerrada, aunque para ello haya que atravesar la cafetería.
Finalmente, el 10 de agosto de 2007 el Procurador del Común tras analizar la información solicitada y recibida, “aunque sea parcialmente” nos envía su resolución.
En ella se indica que el ayuntamiento de Toro les ha enviado el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares del concurso para la construcción y explotación de la Terminal de Autobuses, así como del Proyecto de Explotación de la Terminal presentado por las sociedades prestatarias del servicio y en ambos documentos figuran los servicios que debe tener la estación. Igualmente, el ayuntamiento envió una copia del acuerdo de la Junta de Gobierno Local por el cual se comunicó el 12 de julio de 2007 a la concesionaria una denuncia de una usuaria. Asimismo, según el ayuntamiento señala al Procurador del Común, en dos ocasiones se ha dirigido a la concesionaria sobre estas irregularidades y dicha empresa no ha respondido, como no lo ha hecho con el requerimiento del Procurador del Común.
La Delegación Territorial de la Junta realizó una inspección el 22 de noviembre de 2006 tras nuestro escrito del 16 de noviembre. En el informe se indicaba que los aseos funcionaban, salvo el de discapacitados, confirmaba la celebración de conciertos en las dársenas de la estación y los horarios de sala de espera y consigna que coincidían con los de taquilla, permaneciendo sólo abierto el servicio de cafetería.
Indica el Procurador del Común “que resulta evidente que el funcionamiento de la terminal de autobuses de Toro ha motivado la presentación de diversas reclamaciones por los usuarios de la misma relativas a las cuestiones que fueron relacionadas en el escrito de queja” y formula una Resolución dirigida al Ayuntamiento de Toro con la finalidad de adoptar las medidas encaminadas a garantizar el adecuado funcionamiento de la estación. Y para ello recomienda realizar un reglamento de régimen interior de la terminal dando cumplimiento al artículo 132.3 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres y a la cláusula 29ª del propio Pliego de Cláusulas Administrativas particulares para la construcción y explotación de la terminal. Dicho artículo (conforme con la Disposición transitoria primera de la Ley 15/2002, de 28 de noviembre, de Transporte Urbano y Metropolitano de Castilla y León, en tanto no exista normativa de la propia Comunidad Autónoma “el funcionamiento de cada estación será objeto de un reglamento de régimen interior aprobado por la Entidad a la que corresponda la competencia administrativa sobre su construcción y explotación”). A continuación indica el procurador del Común que queda fuera de toda duda que es el Ayuntamiento de Toro el que tiene la competencia.
Además insiste en sus argumentos que el ayuntamiento ya incluyó en la cláusula 29ª del Pliego de Cláusulas Administrativas particulares la obligación del adjudicatario de presentar en el plazo de tres meses desde la formalización del contrato un proyecto de reglamento de régimen interior de la Terminal, en el cual estarían regulados los derechos y obligaciones del concesionario y de los usuarios. Este reglamento debía ser tramitado y aprobado por el Ayuntamiento.
La estación de autobuses lleva funcionando desde 2003, y estamos en el 2007. Han pasado cuatro años, y ni la concesionaria de la explotación, ni el ayuntamiento lo han realizado, pues indica el procurador del Común que “en el supuesto de que este proyecto no sea presentado por la mercantil obligada a ello, deberá ser ese Ayuntamiento, como entidad competente para la construcción y explotación de la terminal, quien elabore, tramite y apruebe el citado reglamento”.
En el mismo se deben establecer de forma detallada las condiciones de explotación, con indicación expresa de los horarios de los diferentes servicios y los derechos de los usuarios, y se debe realizar “en el plazo de tiempo más breve posible”. Y concluye con la recomendación de que se inste a la adjudicataria del contrato a presentar un proyecto de reglamento, o si fuera necesario, su elaboración por el propio ayuntamiento.

Ante ello las preguntas que surgen son varias.
Primero, ¿cómo tras cuatro años el ayuntamiento de Toro no ha hecho nada cuando ha habido diversas quejas y denuncias ciudadanas sobre el mal funcionamiento de la estación?
Segundo, si está en la cláusula 29ª, ¿por qué no ha obligado a la concesionaria a presentar el proyecto de reglamento en los tres meses desde la firma del contrato?
Tercero, ¿cómo el ayuntamiento durante dos años ha realizado conciertos de música en estas instalaciones, forzando su cierre para los ususarios? ¿para eso está una terminal de autobuses? ¿de quién fue la ocurrencia? ¿del Alcalde-Senador del Reino? Total, si no había reglamento, se podía hacer lo que se quisiera. Ahora pueden entender los ciudadanos por qué deprisa y corriendo la Concejalía Mileurista Neta de Festejos ha indicado que será el Patio de Condes de Requena donde se realicen los conciertos (26 y 29 de agosto)
Cuarto, ¿cómo no se les cae la cara de vergüenza, cuando se suben sueldos y dietas, se liberan para no tener que trabajar, ya sea en el Senado, ya sea en el Ayuntamiento, y están continuamente incumpliendo la ley, cometiendo irregularidades, no realizan sus funciones y hacen un terrible daño a los derechos de los ciudadanos?

Si éstos son los que dirigen el ayuntamiento,… Pobre ciudad nuestra.

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